El FONSE (Foro Nacional de Seguridad Eléctrica) comparte la necesidad de suscribir un Acuerdo de Buenas Prácticas para promover la seguridad y eficiencia de los productos y materiales eléctricos de baja tensión.
Esto se fundamenta en que, a pesar de transcurridos más de 20 años del establecimiento del régimen de certificación obligatoria de dichos productos, se observa que en el mercado se siguen publicitando, ofreciendo y comercializando productos inseguros, sin el etiquetado obligatorio (marca del fabricante, marcado del sello de seguridad, etc.) y sin certificar, conllevando esto a la desprotección de los consumidores y usuarios de dichos productos y a la incorrecta utilización e instalación de los productos y materiales eléctricos en todo tipo de instalación, ya sea pública o privada. Agrava la situación la falta de fiscalización del mercado por parte de las autoridades competentes y los cada vez más utilizados sitios de venta por internet, que en la práctica funcionan mayoritariamente ocultando la razón social vendedora y con ello dificultando el control que pueden y deben ejercer las autoridades, invitando así a los transgresores.
El objetivo de este Acuerdo es estimular el cumplimiento, en todo el territorio de la República Argentina, de las normativas vigentes en materia de seguridad y eficiencia, tanto de los productos como de las instalaciones eléctricas. Destacamos la benéfica influencia en toda sociedad de los buenos ejemplos, es por eso que hemos sugerido que adhieran a este Acuerdo, los propios integrantes del Foro y toda otra organización que comparta con nosotros una firme convicción de la importancia que tiene para la vida humana y sus bienes el uso seguro y eficiente de la energía eléctrica.
Las entidades que suscriben este acuerdo se comprometen, a solicitar a sus asociados y/o campos de influencia, siempre en el marco de sus respectivos mandatos, cumplir los puntos abajo descriptos.
1. Fomentar entre sus miembros:
a) La comercialización e instalación de productos y materiales certificados conforme a las disposiciones legales vigentes.
b) La ejecución de las instalaciones de acuerdo con las reglamentaciones vigentes de la AEA.
2. Requerir a los fabricantes e importadores, cuando corresponda, la certificación de productos eléctricos de acuerdo a lo exigido en las normas técnicas y legales vigentes.
3. Promover que distribuidores, ferreteros, canales electrónicos de venta y cualquier otro medio de comercialización, compren únicamente productos y materiales certificados que posean el sello de seguridad obligatorio, para ofrecer a la venta a sus clientes.
4. Concientizar a toda la cadena de valor y a los consumidores del peligro de utilizar materiales NO certificados.
5. Informar a los consumidores finales de su derecho de exigir productos eléctricos certificados para su seguridad.
6. Difundir el presente convenio por los medios a su alcance.
Invitamos a suscribir este acuerdo entendiendo que el cumplimiento de estos puntos por parte de los actores del sistema será de gran ayuda, no solo para los consumidores y usuarios, sino también para las mismas empresas, ya que contribuirá también a evitar la deslealtad comercial. De esta forma, prevalecerá la cadena lógica de valor: el fabricante o importador abastecerá a los distribuidores de materiales eléctricos con productos fabricados según normas vigentes ( IRAM o IEC ) y con sello de seguridad eléctrica; los instaladores electricistas utilizaran estos productos seguros efectuando instalaciones eléctricas confiables y eficientes de acuerdo a lo establecido en las reglamentaciones vigentes de la AEA garantizando de esta forma la seguridad de las personas y sus bienes.
Asimismo, los abajo firmantes convienen también en compartir con el FONSE cualquier situación identificada en el mercado que pudiera ir en contra de este acuerdo.
Suscriben este acuerdo:
AAIERIC – AAPVC – ACYEDE – ADELCO – AEA – CACER – CADIEEL – CADIME –CCONCERA – CIRA –
COECRA – RELEVANDO PELIGROS.